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Estudio Jurídico Ejaso

OBJETO

La Ley de Dependencia, Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por parte de la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español .

¿QUÉ ES LA AUTONOMÍA PERSONAL?

El artículo 2 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia define como autonomía personal “ La capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria” .

¿CÚANDO SE ENCUENTRA UNA PERSONA EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA?

De igual manera, en el artículo 2 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia se define que se entiende por situación de dependencia el “Estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal”

FINALIDAD

Esta ley sirve de cauce para la colaboración y participación de las Administraciones Públicas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, en materia de promoción de la autonomía personal y la atención y protección a las personas en situación de dependencia; optimiza los recursos públicos y privados disponibles, y contribuye a la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos.

El Sistema (SAAD)  se configura como una red de utilización pública que integra, de forma coordinada, centros y servicios, públicos y privados.

GESTIÓN

Su actuación gestora se ha configurado bajo el principio de coordinación interadministrativa. Por esta razón la Ley de Dependencia crea el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD (Sistema de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia) como instrumento de cooperación para la articulación del sistema. Este organismo está constituido por representantes de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

FINANCIACIÓN

El SAAD se financia con cargo a tres fuentes: los créditos que anualmente se fijan en los Presupuestos Generales del Estado, los Presupuestos de cada Comunidad Autónoma, y las aportaciones de los usuarios.